ADVERTENCIA EDITORIAL: el CGPJ respalda oficialmente los datos esenciales, pero todavía falta capturar el texto completo identificado como ECLI:ES:TSJGAL:2019:532 y confirmar su firmeza.
La nota del Poder Judicial explica que el Sergas recurrió a un implante sin haber agotado las alternativas diagnósticas. Las intervenciones se practicaron en Vigo a finales de 2004 y comienzos de 2005.
El procedimiento partió de un diagnóstico de sordera total que posteriormente fue sustituido por uno de autismo. La resolución relacionó las actuaciones médicas con la pérdida definitiva de audición en el oído intervenido.
La Sala contenciosa del tribunal gallego aumentó de 150.000 a 200.000 euros la cantidad reconocida en primera instancia. También descartó que el perjuicio debiera tratarse únicamente como una pérdida de oportunidad.
El expediente conserva la comunicación oficial y el identificador europeo. Antes de publicar deben añadirse la sentencia íntegra y cualquier resolución posterior que determine su alcance definitivo.
La documentación clínica puede solicitarse al centro y las quejas pueden dirigirse a atención al paciente. Esa vía no sustituye una reclamación patrimonial ni detiene sus plazos.