¿No sabes dónde reclamar? Cuéntanos qué ha pasado
Una persona leerá tu consulta y te responderemos por correo con una vía oficial o un siguiente paso. Si tienes documentos y crees que el caso debería conocerse, también puedes enviarlos a la redacción. Todo es gratis.
Necesito saber por dónde empezar
Cuéntanos los hechos por orden y qué has reclamado ya. En este formulario no se adjuntan documentos.
Pedir orientación gratuitaQuiero que reviséis mi caso
Usa el canal de historias si quieres aportar documentos para que la redacción valore una posible publicación.
Enviar un caso documentadoinjus.es es un medio de comunicación. Te contamos qué derechos tienes y por dónde se reclama. No somos un despacho de abogados. No asesoramos sobre casos concretos ni sustituimos a un abogado. Si tu caso necesita uno, te decimos dónde buscarlo sin pagar, a través de colegios de abogados, justicia gratuita y asociaciones de consumidores.
Vías oficiales para empezar
Estas son algunas de las vías más comunes. Cada enlace lleva al organismo o servicio oficial. Si no sabes cuál te corresponde, usa el formulario de orientación.
SAC de la entidad → DGSFP
Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones: Información sobre el procedimiento de reclamaciones ↗
SAC / defensor del cliente → Banco de España
Banco de España: Cómo realizar una reclamación ↗
SAC de la entidad → CNMV
Comisión Nacional del Mercado de Valores: Cómo presentar una reclamación ↗
AESA
Agencia Estatal de Seguridad Aérea: Inicia tu reclamación con AESA ↗
Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones
Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones: Reclamaciones de telefonía e internet ↗
OMIC / Juntas Arbitrales
Juntas Arbitrales de Consumo: Localiza la junta arbitral competente ↗
Colegio de abogados / justicia gratuita
Consejo General de la Abogacía Española: Servicios de orientación y justicia gratuita ↗
Qué ocurre cuando estudiamos un caso
Enviar un caso a la redacción no garantiza que se publique. Primero revisamos los documentos y contrastamos los hechos. Una denuncia, una reclamación o un escrito de una de las partes nos ayudan a entender lo ocurrido, pero no bastan por sí solos para darlo por probado.
Si la documentación sostiene los hechos y el caso puede servir a más gente, la redacción puede publicarlo. Anonimizamos a las personas físicas por defecto y diferenciamos lo que está acreditado de lo que sigue abierto.
Antes de publicar pedimos la versión de la empresa o del organismo implicado. Cuando la pieza se apoya en una resolución firme que identifica a la entidad, podemos publicar sin pedirla antes. Si responde después, añadimos su versión cuando se ciñe a los hechos y guarda proporción con ellos. En los demás casos, si un editor publica sin haber pedido esa versión, deja registrados su nombre y el motivo.
Después seguimos el caso. Si llega una respuesta, una resolución nueva o información que cambia lo publicado, actualizamos la pieza. Si encontramos un error, lo corregimos y dejamos el cambio a la vista.
Cuando conocemos a otra persona que pasó por algo parecido, podemos presentaros por correo si los dos queréis. También podemos dar a conocer el caso a otros medios, pero no compartimos datos de contacto sin permiso.
No cobramos por orientar, por estudiar un caso, por publicarlo ni por decidir que no se publica.